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SUEÑOS DE LIBERTAD, AMOR E IGUALDAD.

Etiqueta: #Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

Publicado en Artículo de Opinión., Denuncia Popular

¿QUIÉN TIENE LA CULPA DEL MASIVO REBROTE DEL COVID-19 EN ECUADOR-2022? ¡LA CULPA LA TIENE LA VACA!

Publicado el 10/01/2022 por Gorki Aguirre T

Luego del anuncio de que el presidente del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN), el Vicepresidente de la República, y 125 funcionarios de la Asamblea Nacional fueron dados positivos para COVID-19 (6/01/2022), se detonó la alarma epidemiológica, en donde recién según el COEN se dieron cuenta de que existía un contagio masivo del COVID-19 especialmente con la variante ÓMICRON, pero a tan solo 3 días atrás (03/01/2022) el Ministerio oficialmente indicaba que en seis provincias del Ecuador hay 68 casos de la nueva variante Ómicron, según la Dirección Nacional de Vigilancia Epidemiológica del Ministerio de Salud Pública (MSP), distribuidas: 33 en Guayas, 30 en Pichincha y el resto en menos cantidad en Tungurahua, Napo Cotopaxi, Chimborazo, Sucumbíos. (Ilustración 1)

La misma cartera de Estado en la misma fecha indicaba que la variante DELTA por el mes de Diciembre en Guayaquil tenía 226 casos, en Manabí 205, Pichincha 184, El Oro 171, Santo domingo 85, Napo 60, Azuay 50 y el resto del país menos de 50 por provincia. (Ilustración 2).

Entonces nos indica la estadística que ya, para diciembre del 2021 existía un contagio alto de la variante DELTA que según nos han indicado los expertos en la materia es una variante agresiva en cuanto a su potencia de daño a su víctima infestada, siendo así el COEN tuvo que activar la alerta epidemiológica antes de fin de año. Más sucede que los expertos miembros del COE nacional y COE locales provinciales y cantonales optaron por obligar a que, quienes asistan a los centros comerciales y lugares populosos de encuentro masivo ciudadano, lo hagan abiertamente sin restricción, más allá de pedirles de forma obligatoria el que porten un carné de vacunación. La intención de pedir un carné de vacunación a las personas que tienen la necesidad de concurrir a estos sitios, se presenta como una acción táctica por parte del Gobierno para que la ciudadanía se vacune, que no estaría mal en principio, pero lo que no previnieron es que la “vacuna” no inmuniza 100% del contagio, esta según la ciencia indica que atenúa la sintomatología causada por el contagio, pero no previene, es decir una persona vacunada que tenga el virus es un agente de trasmisión, a más que sus defensas de inmunidad adquiridas van bajando apoco, es por eso que llegan al punto de requerir otra “vacuna” y luego otra y otra, hoy la tercera, mañana será la cuarta y así sucesivamente (y las farmacéuticas, bien gracias). Esto nos dice BBC News Mundo refiriéndose a lo indicado por el European Centre for Disease Prevention and Control (ECDC), “Las personas inmunizadas disponen de un sistema entrenado que actuará en poco tiempo. Pero mientras, el virus puede proliferar y la persona estaría contagiada, pero sin síntomas. Y podrá contagiar a otras”.

“Con el tiempo, hemos visto que el nivel de protección cae. Esta caída será mayor o menor según el tipo de vacuna y la edad de cada individuo», explica Kfouri. Esto puso en evidencia la necesidad de aplicar una tercera dosis, primero para los ancianos e inmunosuprimidos, luego para toda la población adulta», agrega el médico. El tercer factor tiene que ver con la llegada de la variante ómicron, que es más transmisible y tiene la capacidad de evitar la inmunidad obtenida con las vacunas o con una condición previa de covid”.

Como ejemplo se puede indicar qué:  Si Yo fuera un vacunado sin síntomas fuertes, me convierto en algo así como un infestado asintomático relajado, que acudo a todos los lugares, utilizando en momentos o dejando de utilizar métodos y prácticas de bioseguridad especialmente la mascarilla y uso de alcohol que desinfecta manos que es foco de contacto.

Esto lo asevera el European Centre for Disease Prevention and Control “Dado que la inmunización aumenta el número de personas asintomáticas que no saben que están contagiadas, no podemos bajar la guardia. Por ello, el ECDC nos previene sobre los contagios procedentes de personas inmunizadas”.

Está mala ordenanza del COEN y MINISTERIOS decididores de nuestros días, influenció negativamente en las mentes de las personas vacunadas, pues no faltó ver a un bus lleno de personas sin mascarilla aduciendo que todos están vacunados, el taxista, el niño o niña en clases, los maestros sin mascarilla indicando que están vacunados, y los centros comerciales, de diversión y turísticos a tope, sin control sin medidas y exigencias de bioseguridad aduciendo que los que están dentro están vacunados, en otras palabras mandaron a que vayan a contagiarse las personas vacunadas, ahí no estaban los no vacunados, por qué los no vacunados no podían entrar a esos lugares de aforo extremo con características plenas para el contagio masivo a diario, antes y durante la época navideña, y durante la época de fin de año y aún a la fecha actual.  A más de que ya adelantaron la propagación del virus al abrir la posibilidad de que las niñas, niños, maestras y maestros acudan a establecimientos educativos a contraer COVID-19, llevarlo a su casa, repartirlo entre los familiares, y los familiares repartir a sus compañeros y compañeras de trabajo, para a su vez ellos llevarlo a su hogar nuevamente, trasladarlo en el bus, en el taxi, en los trasportes masivos, etc. etc. es decir un bello círculo vicioso de infección masiva contemporánea, tan perfecto es el método de contagio masivo, que se logró contagiar el baluarte cerebro que comanda esta idea innovadora, el presidente del COE, así mismo se contagió el Vicepresidente de la República (el encargado por decreto presidencial de velar por la salud de los ecuatorianos) entre otras autoridades gubernamentales.

Lo que se tenía que hacer en estos casos, en vez de pedir el carnet de vacunados, fue dejar entrar solo a quienes presentaban un certificado de prueba de laboratorio PCR  NEGATIVO para COVID-19, y este certificado y prueba PCR tendría que ser dado de forma gratuita y distribuido a través de la red de Salud Pública del Ecuador luego de la auscultación y toma de muestra respectiva, solo de esa manera se ejecuta una medida real de objetivo preventorio, esto tiene base lógica y científica,  o creen que EEUU, o Europa hace de broma el que la población que va a ingresar a sus países, antes de hacerlo tiene que pasar por el aeropuerto en Ecuador con un certificado médico PCR que acredite el estar sano para poder viajar y entrar al país de destino. Solamente así se baja el riesgo de contagio, caso contrario el carné de vacunado no acredita que no contagie a otras personas.

Pero claro, como siempre existe esa fea costumbre de echarle la culpa a alguien, sobre las cosas malas feas o tontas que hacemos nosotros, sin afrontar nuestra “mea culpa”.  Ahora por parte de las autoridades del COEN, de Los Ministerios de Salud, de Educación, de Turismo, de Trabajo, Secretaria de Riesgos, GAD, se la echaron la culpa a otros: Los No vacunados son los culpables; la población joven es la culpable, ellos no hacen caso, echaron la culpa a la gente que acude a la Bahía, echaron la culpa a la Navidad, echaron la culpa al Año Nuevo, echaron la culpa a Papa Noel y al niñito Jesús que obliga a acudir a comprar regalos; siempre es fácil echar la culpa a otros, resulta como echar la culpa a la vaca, esto haciendo remembranza a la obra literaria de Jaime Lopera Gutiérrez y Marta Inés Bernal Trujillo “La culpa es de la Vaca” el nombre suigéneris parte del texto original publicado por “Fernando Cepeda” articulista del diario El Tiempo de Colombia,  en donde hace referencia a un investigador que concluyó que los productos de 2000 almacenes de cuero en Colombia eran de precio alto y calidad baja, se dirigió a los fabricantes para preguntar el porqué de esa relación de resultado negativo, ellos echaron la culpa a la tarifa arancelaria; luego se dirigió a los propietarios de las curtiembres, quienes echaron la culpa a los mataderos indicando que ello mandan cuero de mala calidad; fue al matadero y la respuesta fue echar la culpa a los ganaderos indicando que ellos no cuidan el cuero de las vacas dejando que las garrapatas y las marcas dañen el cuero; fue finalmente hasta los ganaderos, en donde ellos culparon a “esas estúpidas vacas se restriegan contra los alambres de púas para aliviarse de las picaduras.” El investigador concluyó que los productores colombianos de carteras de cuero no pueden competir en el mercado de Estados Unidos “¡porque sus vacas son estúpidas!”

La psiquis con relación a la acción empleando raciocinio llega a confrontar las vías de acceso al logro, buscando las mejores opciones para objetivar y lograr la meta de beneficio, pero en estado decadente, de crisis, y en momentos cuando se impone una de las vías, pese a que el impulso de supervivencia nos indica que esa vía no es la mejor, la más correcta o la no adecuada, se interrumpe la capacidad de razonar y actúas por impulsos extrasensoriales autómatas, “obligado a morir”. ¿Y, qué hacemos al respecto? ¿Quién hace algo al respecto?, la academia, los colectivos de médicos, de abogados, de maestros, de trabajadores ¿en dónde están? La Asamblea Nacional, El Concejo de Participación Ciudadana y Control Social, La Defensoría del Pueblo, ¿o también son parte de echar la culpa a la vaca?.

Tan deprimente es la observación de falta de acción positiva en contra de las medidas negativas que impone el gobierno, que nos inutiliza hasta el alma al ver tanta mediocridad. Nos lleva hasta perder el sentido del estado de supervivencia, de la ética, moralidad y apego constitucional. No puede ser posible que quieran imponernos que se sigan infestando de COVID-19 nuestras niñas y niños, queriendo que vayan de forma obligatoria a clases cuando ya fue suficiente con el experimento de llevarlos a las escuelas y colegios como conejillos de indias, y darse cuenta de que se infestaron niñas, niños adolescentes y profesores, ahí recién reaccionaron las “autoridades” ministeriales y determinaron un cierre de clases obligatorio, ya que la mayoría de docentes presentaron ser positivos, pese a tener las dos vacunas de refuerzo.

El matemático Juan José Illingworth indica la data real sobre las muertes sucedidas en comparativo entre los No Vacunados, los vacunados con una dosis y los vacunados con dos dosis hasta el 2 de enero del 2022. Muertos bien vacunados 122, No bien vacunados 141, No vacunados 113. La relación es estrecha en comparativo de vacunados con dos dosis y sin vacunar. (Ilustración 3)

En cuanto seguir intentando realizar de forma obligatoria la vacunación a niñas y niños, la señora Ministra de Salud habla de hacer esta posibilidad inmediata, sin ningún estudio científico que valide está propuesta experimental;  mientras la organización Mundial de la Salud OMS indica:

Preguntada por la vacunación en niños y adolescentes, la científica jefa de la OMS, Soumya Swaminathan, ha recordado que, pese a que los niños se infectan, el riesgo de que desarrollen una forma grave de la enfermedad es bajo. «En los menores de 25 años, menos del 0,5 por ciento tiene probabilidad de muerte por Covid-19, y en el grupo de los menores de 5 años, este porcentaje disminuye al 0,1 por ciento», ha señalado la experta.

Entonces siendo que el mayor órgano mundial de la salud, la OMS indica que las niñas, niños y adolescentes no tienen riesgo al adquirir la enfermedad, nos preguntamos ¿para qué quieren vacunarlos entonces?, si existe un 0,1 % de riesgo obtengan probabilidad de muerte. ¿Para qué quieren arriesgarlos a que se contagien?, o esto es un plan maquiavélico para qué ellos sean los portadores del virus y sigan contaminando al resto de población adulta. Recuerden que nuestros hijos mientras no salieron a las aulas de clase y estudiaban de forma virtual telemática se mantuvieron con porcentaje bajo de contagio y se han mantenido vivos durante 2 años.

Entrando en materia constitucional, hay que recordar a las autoridades que existe una Constitución de Derechos, cuyo principio establece que los derechos son irrenunciables e imprescriptibles, no es cierto que un derecho nace cuando termina otro, los derechos no terminan nunca, estos se establecen en concatenación de no vulnerar, ni causar daños a los seres humanos y la naturaleza. Con estas medidas establecidas sin base técnica científica y legal, se está violentando la Constitución en cuanto a los derechos de salud, de educación, de movilidad, acceso a servicios, hay que recordar a las autoridades que vienen violando la constitución, qué en la misma carta magna está establecido en el artículo 11.- numeral 3.

“Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte. Para el ejercicio de los derechos y las garantías constitucionales no se exigirán condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la ley.”

 Y de seguirse dando estas acciones deshumanizantes, como lo es la  de obligar a asistir a clases presenciales a las y los estudiantes en tiempo de Pandemia, a más de no justificar una razón lógica para hacerlo, pues en nombre y justificación de la salud, nos estamos encontrando con un posible delito de Genocidio, los crímenes por delito de genocidio son los que realizan acciones malévolas que provocarían el exterminio o eliminación sistemática de un grupo humano por motivo de raza, etnia, religión, política o nacionalidad.  La Constitución habla sobre los crímenes de genocidio en el Art. 80.- “Las acciones y penas por delitos de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas o crímenes de agresión a un Estado serán imprescriptibles”. Indica claramente que “Ninguno de estos casos será susceptible de amnistía. El hecho de que una de estas infracciones haya sido cometida por un subordinado no eximirá de responsabilidad penal al superior que la ordenó ni al subordinado que la ejecutó.” A más de que siendo imprescriptibles también se les aplicará la repetición por los daños caudados.

Ilustración 1- Registro de casos COVID-19 ÓMICRON Nacional enero 2021. Fuente: https://www.salud.gob.ec/ecuador-registra-68-casos-omicron/

Ilustración 2- Registro de casos COVID-19 DELTA Nacional diciembre 2021. Fuente: https://www.salud.gob.ec/ecuador-registra-68-casos-omicron/

Ilustración 3- Cuadro comparativos de muertos X COVID-19 con 2, 1, y 0 vacunas. Fuente: https://pbs.twimg.com/media/FIiDdYdXEAET2JQ?format=jpg&name=small

Ayer en el Mall del Río #Cuenca
-nulo distanciamiento
-espacio cerrado
-personas sin mascarilla
Esto en el marco de la variante COVID-19 ÓMICRON que es de transmisión comunitaria
Esto pese a que se ha establecido restricción en aforo para locales comerciales pic.twitter.com/MKmrl5Sl1y

— Bajo La Lupa Ecuador (BLL EC) (@bajolalupaEC) January 9, 2022
Actividades masivas en Centros comerciales

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Publicado en Artículo de Opinión.

El Circo Electoral y sus malos chistes Antidemocracia.

Publicado el 22/03/201922/03/2019 por Gorki Aguirre T

Resulta hasta cierto punto burlesco, por otra parte gracioso y hasta llega a la ridiculez total, que propongan que 1 voto NULO equivalga a 7 votos Nulos; pero esto es real, y este pronunciamiento vienen de las más altas esferas  conocedoras de los procesos electorales del país, Los” Consejeros o  vocales del consejo electoral” están atrapados en un limbo jurídico sobre un “caso excepcional creado por ellos”; este caso es el que confluye a dichos ciudadanos a intentar violentar la Constitución de la República del Ecuador a escasos 4 días de que se den las elecciones, mismas que fueron convocadas por el mismo pleno del CNE y estas una vez convocadas no pueden ser detenidas por ninguna causa. Presentan un show haciendo caso omiso a lo que dice la Constitución de Montecristi en su artículo 117.- “Se prohíbe realizar reformas legales en materia electoral durante el año anterior a la celebración de elecciones.” y transgrediendo a su vez a Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador (Código de la Democracia) en el  articulo 17.- indica: “Se prohíbe realizar reformas legales en materia electoral que entren en vigencia durante el año anterior a la celebración de elecciones que va a normar.” O sea, ni el CNE, ni el Tribunal Contencioso Electoral pueden realizar ninguna reglamentación por el momento hasta que pasen las elecciones, ya que la Constitución y la ley les prohíbe hacer este tipo de componendas jurídicos de último momento para fines oscuros. Esto se lo previno a través del Espíritu de Montecristi pensando en parar de una vez los actos indignos que se acostumbró a dar por parte de los politiqueros incrustados en la máxima Institución Electoral de aquel entonces llamada Tribunal Supremo Electoral TSE.

Pero es lamentable que hoy se observe, que de la forma más burda se pretenda romper el marco constitucional y legal, por quienes conforman un órgano de control llamado CNE, quedando en lírica lo de estar en contra de la corrupción, pues este proceder queda en un acto de lo más detestable y de mal ejemplo para la juventud.

Esta acción violatoria legal, nace en una reunión apurada, en el mismo CNE, reunión más parecida a un acto circense, por sus malabares y payasadas, en donde dicen haber descubierto que UNO (1)ya no  es UNO(1), sino que equivale a SIETE  (7), y ésta máxima se cumple cuando y solo, en el único caso del Voto Nulo en  las votaciones para candidatos al Concejo de Participación Ciudadana y Control Social CPCCS, y que esto los ha llevado a discutir de forma filosófica profunda (más menos como cuando se discutía:  que quien fue primero, el huevo o la gallina”), hasta, ponerlos a votar sobre quién apoya a este mal chistecito y quién no.

Hay que aclararles a los vocales del CNE, lo que se considera votos nulos y lo establece el código de la democracia en el Art. 126.- “Serán considerados como votos nulos:

  1. Los que contengan marcas por más de un candidato o, dependiendo del caso, binomio, en las elecciones unipersonales;
  2. Cuando el elector o electora marque un número de casillas mayor al total de candidatos y candidatas que correspondan a una determinada circunscripción; y,
  3. Los que llevaren las palabras «nulo» o «anulado», u otras similares, o los que tuvieren tachaduras que demuestren claramente la voluntad de anular el voto.

Los que no tengan marca alguna se considerarán votos en blanco.

Es fácil darse cuenta qué está explícito que las acciones del art. 126. En la papeleta electoral, llevan a coronar su invalidez, invalidada o anulada la papeleta, esta se convierte en un voto nulo.

Es fácil de darse cuenta, que aquí no les interesa filosofar sobre las teorías matemáticas y ponerse a la altura de Baldor. Lo que de verdad les interesa es desaparecer a como dé lugar al CPCCS, y para ello se inventan cada payasada, pensando que el pueblo somos tontos. Lo que intentaron con su fin desesperado es lograr llegar a aplicar el Art. 147.- del Código de la Democracia, en donde indica “Se declarará la nulidad de las elecciones en los siguientes casos: 3. Cuando los votos nulos superen a los votos de la totalidad de candidatas o candidatos, o de las respectivas listas, en una circunscripción determinada, para cada dignidad”.

Pero como la presión ciudadana fue máxima a través de las redes sociales y medios de comunicación, les atemorizó y en último momento no pudieron consumar el hecho delictivo, separándose los votos a favor y en contra de la payasada, unos respetando la constitución y la ley y otros manteniéndose en juego a la ignorancia y falta de respeto a la madre de todas las leyes; lo que permitió dejar en el limbo dentro del escenario circense la mala intención de anular las elecciones del CPCCS.

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Publicado en Artículo de Opinión., Noticias

El Voto Nulo y los intentos fallidos de desaparecer al CPCCS.

Publicado el 16/03/201918/03/2019 por Gorki Aguirre T

El pueblo ecuatoriano en un porcentaje del 67,65% dijo SI al Referéndum y Consulta Popular del 2018 promovida por el Presidente Lenín Moreno, contra el 32,35% del No promovido por el banquero Lasso, la extrema derecha y los correistas; en dicha consulta se estableció en la pregunta Nro.3 de referéndum, con un porcentaje de 63,08 % que el Pueblo ecuatoriano estaba de acuerdo en reestructurar al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de acuerdo al anexo 3. En donde entre otras disposiciones señaló que se reforme al Art 207 de la Constitución, indicando: “Las consejeras y consejeros serán elegidos por sufragio universal, directo, libre y secreto cada cuatro años coincidiendo con las elecciones a las autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados. El régimen de sus elecciones estará contemplado en ley orgánica que regule su organización y funcionamiento.” De esa manera, acogiendo este mandato popular, el 21 de noviembre de 2018, en sesión ordinaria No. 02, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó el texto de la convocatoria a Elecciones Seccionales 2019 y Elección de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), indicando que serán 7 consejeros los electos: 3 mujeres, 3 Hombres y 1 representante de pueblos y nacionalidades, distribuidos en 3 papeletas, con sus respectivos suplentes. Imagen relacionada

Pero después de este triunfo del pueblo, aparecen nuevamente los obscuros intereses de Lasso quien fue 3 veces candidato perdedor a la presidencia de la república, y perdedor de la Consulta 2018, quien en su afán egocentrista de resentimiento social,  ha llamado a  votar nulo en contra de las candidaturas al CPCCS, para así según él, lograr anular las elecciones del CPCCS, pero eso es imposible, ya que por una parte el código de la democracia indica en el Art. 147.- Se declarará la nulidad de las elecciones en los siguientes casos: numeral 3. “Cuando los votos nulos superen a los votos de la totalidad de candidatas o candidatos, o de las respectivas listas, en una circunscripción determinada, para cada dignidad”. O sea que Lasso tendría que ganar por mayoría absoluta con su voto nulo, lo que técnicamente es imposible, primero porque se sumarían todos los votos válidos de los candidatos al CPCCS contra los votos anulados, y ya tenemos un histórico que los votos nulos en elecciones pasadas, que no superan el 10%. (No es lo mismo una elección normativa, que una consulta o referéndum, en donde se juegan dos posibilidades de un SI o un NO). Y si fuera el caso y superarían los votos nulos, la ley prevé, simplemente repetir las elecciones, según el Art. 148 del Código de la Democracia “el Consejo Nacional Electoral dispondrá, hasta dentro de diez días, que se repitan las elecciones cuyas votaciones fueron anuladas”.  Se anota también que las elecciones ya fueron convocadas, y en este estado no se permite hacer campaña y proselitismo político a los candidatos al CPCCS, y peor aún, está también prohibido hacer campaña en contra de esta elección constitucional y de los candidatos al CPCCS; por lo que el CNE tiene que sancionar inmediatamente a Lasso y su partido político, a los partidos políticos y personas naturales que están haciendo proselitismo político, manifestándose en contra del derecho a elegir y ser elegidos y a la convocatoria a elecciones del CPCCS. Por lo que es bueno recordar lo que indica el Código de la Democracia Art. 203.- “Durante la campaña electoral se prohíbe la publicidad o propaganda de las instituciones del Estado, en todos los niveles de Gobierno” “Además, se prohíbe durante la campaña electoral la contratación y difusión de propaganda y publicidad por parte de sujetos de derecho privado referente al proceso electoral en prensa, radio, televisión, vallas publicitarias y cualquier otro medio de comunicación social.” “Los medios de comunicación social se abstendrán de hacer promoción directa o indirecta que tienda a incidir a favor o en contra de determinado candidato, postulado, opciones, preferencias electorales o tesis política”.

El verdadero objetivo de este cuento del voto nulo, tienen un contubernio de cálculo político matemático, mismo que quiere impedir que el pueblo elija a sus representantes al CPCCS, y a cambio se coloquen a los candidatos correistas y lassistas que permanecen camuflados en las listas; el cálculo supone tomar en cuenta un aproximado de 30% del sacado en las urnas en la consulta popular, imaginando ser ese un voto duro de ellos para sus candidatos al CPCCS. Este plan llevaría a evitar que gane el resto de los candidatos, haciendo una campaña en contra de las otras candidaturas promoviendo el voto nulo, así su voto duro coronará y con menos de un 30% ganarían las elecciones. Lo cual no sucederá, porque el correísmo en su desesperación liderando la campaña el expresidente Correa nombró y los hizo visibles a sus candidatos haciendo campaña directa en redes, resultando una mala táctica, porque ahora el pueblo ya sabe  por quien NO votar.

 

Así vemos que las maneras por destruir al CPCCS no están funcionando, todas han perdido peso y piso, pero en su intento tozudo, aparece una nueva táctica maquiavélica, pero también catalogada como absurda y mediocre, a pesar de que ésta proviene  de “constitucionalistas” supuestos versados en el área de defensa de la constitución de la República del Ecuador, resultando en la práctica todo lo contrario, al ver su modo de actuar;  es así que un grupo de 3 abogados Juan Carlos Benalcázar, Ismael Quintana y Rafael Oyarte propusieron una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional en contra de las elecciones del CPCCS; solicitando la suspensión de las elecciones populares y directas a elegir consejeros del CPCCS. La grotesca e indocta falta de criterio jurídico constitucional de esta demanda, se salta los más elementales preceptos constitucionales, como el derecho a la participación, a elegir y ser elegido, a la acción de participación en democracia directa, violación al Código de la Democracia, a un proceso electoral preestablecido y convocado constitucionalmente por el CNE, en esas circunstancias la ley indica que éste no puede ser interrumpido de ninguna manera, lo peor de todo es que,  los supuestos doctos pretenden romper el estado de derecho, tratando de evitar que el pueblo se manifieste en las urnas de manera directa y por voto popular,  aduciendo que han observado unas simples encuestas provenientes de empresas encuestadoras comerciales; además de nunca haber presentado las encuestas, de antemano sabemos que estas encuestas por su naturaleza comercial empírica son sesgadas; Indicando que esto los ha llevado a proponer una demanda, en total contradicción a los 5,983.061 ecuatorianos que pedimos las elecciones del CPCCS a través de la pregunta Nro. 3 en la Consulta del 2018; clarificando que estos juristas pleiteadores no representan a nadie, más allá de representan a sus estudios jurídicos fructuosos y jamás al pueblo ecuatoriano. Pero toman estas decisiones personales a la ligera, inclusive violentando lo que indica el Código de la democracia, pero ventajosamente, siendo tan evidente los vicios de inconstitucionalidad que pretendía esa demanda, al punto de ser insultante para la Corte Constitucional, ésta en buen criterio, dio en contra l demanda de suspender las elecciones del CPCCS. De esta manera se ve otra artimaña politiquera fracasada, en intento de desaparecer al CPCCS.

Por otra parte ya perdida esta malévola acción de destruir al CPCCS, aparece otra, esta vez en nombre de la cuestionada Presidenta de la Asamblea Nacional, quien propone de manera violatoria a la Constitución, quitarle las atribuciones al CPCCS, aplicando una enmienda a la Constitución de la República del Ecuador para devolverle a la mal vista Función Legislativa, la atribución de nombrar autoridades de control. Propuesta indecorosa transgresora de derechos, pues estos cambios al no pasar por una Consulta Popular y luego una Asamblea Constituyente la volverían ilegal, ya que se encuentra de por medio el cambio de la estructura del Estado y el principio de regresión de derechos, ya que este proyecto altera la estructura fundamental, o el carácter y elementos constitutivos del Estado,  además que restringe derechos y garantías a los ciudadanos.  Por eso es seguro que está propuesta tampoco pasará.

Esperamos al fin dejen en paz a los candidatos al CPCCS y se alisten a votar junto como lo va a hacer el pueblo por su mejor candidato y por quienes verdaderamente los represente, Lo que estamos seguros es que cada intento fracasado de destruirlo, lo vuelve más fuerte al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

Fuente:

Resultados elecciones Consulta Popular y Referéndum 2018

Corte Constitucional negó pedido de suspender elecciones del CPCCS

Presidenta Asamblea Nacional propone proyecto de enmiendas contra las Funciones del CPCCS

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Avatar de DesconocidoSoy un ciudadano soñador, orgullosamente Lojano, humilde por antonomasia, amante de la naturaleza, luchador por el desarrollo sostenible y progreso del Ecuador. Promotor Internacional ODS, ecologista, animalista, humanista, un romántico defensor de las causas más nobles y justas.

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